MARTÍN ORTEGA ABOGADOS

Expertos en Ley de Propiedad Horizontal

Tres décadas asesorando legalmente a particulares y comunidades de propietarios, de manera clara, cercana y orientada a resultados

01 — SOMOS ESPECIALISTAS

Servicios

01

Demandas por Defectos Constructivos

Acciones judiciales contra Constructores y Promotores por obras mal acabadas y en defensa de los intereses de los propietarios y de la Comunidad de vecinos.

02

Impago de cuotas

Reclamación judicial contra morosos por impago de cuotas: Procedimientos Monitorios, Ordinarios, Ejecutivos (embargos) y Tercerías contra Bancos.

03

Obras y reformas ilegales

Acciones judiciales contra obras/reformas ilegales, no autorizadas, de ocupación de zonas comunes o privativas, etc..

04

Juntas de propietarios

Asesoría presencial en juntas, redacción de convocatorias y actas.

05

Reclamaciones a la comunidad

Defensa del propietario frente a la Comunidad, daños, ruidos, humedades, uso de elementos comunes.

06

Impugnación de Acuerdos

Analisis de actas, plazos legitimación en defensa de los intereses de los vecinos.

02 — DESPACHO

Su problema, nuestra urgencia.

MARTIN ORTEGA ABOGADOS nace en 2007 con la idea de que la Propiedad Horizontal merece especialistas, por ello asesoramos legalmente por igual a:

1) Administradores de fincas, colaborando como su  departamento legal externo y orientado a resultados.

2) Comunidades, resolviendo las dudas que nos plantean sus Presidentes de manera directa y clara.

3) Propietarios, en su defensa contra las arbitrariedades y abusos de los cargos ejecutivos elegidos y de la propia administración de Fincas, contra sus derechos individuales.

Información para administradores de fincas

LEY PROPIEDAD HORIZONTAL 49/1960

LEC

03 — Cómo trabajamos

4 pasos y 0 ambigüedad = RESULTADOS

01

Diagnóstico

Primera reunión sin coste, recibimos documentación, la estudiamos y emitimos informe de situación para identificar la vía óptima enfocada a resultados.

02

Propuesta

Redactamos y presentamos hoja de ruta, escenarios, plazos, objetivos, recomendaciones y honorarios, para que usted decida.

03

Ejecución

Su Letrado especializado ejecuta la estrategia decidida entre ambos: requerimientos, MASC. demandas o Juntas.

04

Cierre / Resultados

Informe final con resultados y recomendaciones para evitar conflictos a futuro.

04 — PREGUNTAS FRECUENTES

Lo que más nos preguntan.

¿Cuánto tarda un procedimiento Monitorio por impago de cuotas?

Entre 4 y 9 meses desde la presentación de la demanda, dependiendo del Juzgado; si el demandado no se opone, la Comunidad obtiene título ejecutivo contra los bienes del moroso en un plazo de 6 a 8 semanas.

El plazo es de 3 meses desde la notificación del acta, y de 1 año si los acuerdos adoptados son contrarios a la Ley o los Estatutos de la Comunidad.

Si, pero el acuerdo no es retroactivo para licencias concedidas previas a la Junta.

Si, asesoramos a múltiples Administraciones y gestionamos todos los aspectos legales de su cartera de Comunidades, sin solicitud de provisión de fondos para los procedimientos Monitorios, y posterior procedimiento de Ejecución, de tal manera que cobramos nuestros honorarios una vez que la Comunidad recupera la deuda del vecino moroso. No hay mayor garantía de seguridad y éxito de nuestro trabajo que supeditar el cobro de nuestros servicios al resultado.

No, pero si lo que se va a decidir son asuntos complejos (derramas, modificación de Estatutos, obras mayores, etc..) se recomienda el asesoramiento previo y asistencia letrada.

05 — Contacto

Cuéntanos tu caso.

Respondemos toda consulta en menos de 24 horas hábiles.
Primera valoración sin coste ni compromiso.